La Junta Directiva de la Sociedad Cántabra de Escritores reunida el 5 de abril de 2022, acordó convocar la Asamblea General Ordinaria para el 26 de abril en el aula 2 de la Fundación CAJA CANTABRIA (calle Tantín, 25), a las 18 horas en primera convocatoria y a las 19 horas en segunda, con el siguiente
ORDEN DEL DÍA
- Lectura y aprobación si procede del acta de la última Asamblea General Ordinaria.
- Informe de la Junta Directiva desde su elección el 28 de septiembre de 2021. Votación sobre su gestión.
- Estudio y aprobación, si procede, de las Cuentas Anuales de los ejercicios 2019, 2020 y 2021, presentado por el Tesorero, D. Isidro Rodríguez Castanedo, según mandata el artículo 21 de los Estatutos.
- Propuesta de la Junta Directiva de Socios de Honor en favor de los asociados don Marino Pérez Avellaneda y don Francisco A. González Redondo, de acuerdo con el artículo 24 de los Estatutos.
- Ruegos y preguntas.
Artículos de los Estatutos sobre Asambleas Generales
Los artículos de los Estatutos de la SCE referidos a la Asamblea General, determinan lo siguiente:
Artículo 18
Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará una vez al año dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio; las extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente, cuando la Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una décima parte de los asociados, quienes también en el propio escrito podrán proponer los asuntos a tratar en el orden del día.
Artículo 19
Las convocatorias de las Asambleas Generales las realizará el Presidente por escrito, expresando el lugar, día y hora de la reunión así como el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos quince días, pudiendo hacerse constar, si procediera, la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a una hora.
Artículo 21
Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:
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- Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
- Examinar y aprobar las Cuentas anuales.
- Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las actividades de la Asociación.
- Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.
- Cualquiera otra facultad que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea General Extraordinaria.